En pleno trámite legislativo se encuentra el proyecto que modifica la Ley sobre protección al consumidor ampliando la actual garantía legal de tres meses a dos años para los bienes durables. Y en relación a éste, la Comisión de Economía del Senado invitó a ODECU a exponer su posición (ver presentación).
Como aspectos destacables del proyectos están, a juicio de la organización, el diferenciar de acuerdo a sus características el tratamiento de, por ejemplo, un producto alimenticio o un medicamento con el de un computador, electrodoméstico o un vehículo. “Tratándose de bienes durables, rara vez las dificultades se presentan tan tempranamente y, en este contexto, el actual plazo de la garantía legal de sólo tres meses, en la práctica, implica dejar dicho producto sin garantía”.
En la ocasión, el presidente de la organización, Stefan Larenas, dio a conocer que “consideramos que éste es un buen proyecto, necesario desde la perspectiva de derechos del consumidor y que viene a actualizar la legislación nacional en la materia dejándolo con los mismos estándares de la Unión Europea”.
Esto porque “el plazo que establece actualmente la Ley de protección al consumidor para el ejercicio de la garantía legal es efectivamente muy breve si se compara con el establecido en la legislación comparada. Además, de acuerdo a nuestra experiencia, existe una gran confusión entre la garantía legal, extendida y el retracto”, precisó.
En la actualidad, por ejemplo, según datos del SERNAC, la mayor tasa de reclamos (90%) tiene relación con la negativa del vendedor a efectuar cambio, devolución o reparación gratuita del bien. En tanto una encuesta del SERNAC de 2014, a 1.800 consumidores, mostró que un 19,5% de las respuestas relacionadas a “derechos del consumidor” se referían a derechos vinculados con la garantía.
Por ejemplo, en relación a la garantía de los vehículos actualmente el comprador tiene dos opciones. Una, realizar sus mantenciones exclusivamente en talleres autorizados por la marca, a un alto costo, pudiendo llegar a pagar a los 90 mil kilómetros hasta el 40 por ciento del valor del vehículo, y así conserva su garantía. Y la segunda, realizar sus mantenciones en un taller homologado, a un valor sustantivamente menor, pero perdiendo la garantía.
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